Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos |
Unidad u órganos internos |
Facultades, funciones o atribuciones |
Fuente legal | Enlace de la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación, si corresponde | Enlace a la última modificación |
Jefe del Estado Mayor Conjunto (JEMCO) General de Aviación Arturo Merino Núñez |
Asesor directo e inmediato del Ministro de Defensa Nacional, en todo lo que diga relación con el desarrollo y empleo conjunto de las fuerzas. | Ley 20.424 en su Art. 26, inciso 5º, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional |
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Sin modificaciones | No aplica |
Ejercer el mando militar de las fuerzas terrestres, navales, aéreas y conjuntas asignadas a las operaciones, en conformidad a la planificación secundaria de la defensa nacional. | Ley 20.424 en su Art. 26, inciso 5º, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional |
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Sin modificaciones | No aplica | |
Ejercer el mando de las tropas y medios nacionales que participen en misiones de paz, quien será la Autoridad Militar Nacional para tales efectos. | Ley 20.424 en su Art. 27, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional |
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Sin modificaciones | No aplica | |
Subjefe del Estado Mayor |
Subrogar al Jefe de Estado Mayor Conjunto en caso de ausencia o inhabilidad y deberá pertenecer a una institución de las Fuerzas Armadas distinta a la de éste. | Ley 20.424 en su Art. 26, inciso 6º y 7º, del Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional |
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Sin modificaciones | No aplica |
Desempeñarse como Secretario de la Junta de Comandantes en Jefe. Desempeñarse como Comandante de la Unidad de Cuartel General del EMCO. Dirigir y desarrollar la gestión y supervisión administrativa interna del Estado Mayor Conjunto. Integrar los comités de trabajo y concejos del Ministerio que se dispongan, entre otras funciones. | Art. 8°, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 | Ver enlace | 24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
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Secretaría General (SEGEMCO) |
Dirigir y coordinar el proceso administrativo de toda la documentación que se tramita en el Estado Mayor Conjunto. | Art. 18, letras b) y c), del DNL-201 Reglamento General del Estado Mayor de la Defensa Nacional. |
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Sin modificaciones |
No aplica |
Llevar el control de las materias de estudio, como también del cumplimiento de los plazos para su ejecución, de las tareas encomendadas a los distintos organismos del EMCO. | |||||
Asesoría Jurídica (ASJUR) |
Asesorar al Jefe del Estado Mayor Conjunto en materias de orden legal. |
Art. 9º y 10º, del DNI-504 Reglamento Orgánico y de Funcionamiento interno del EMDN. |
Reservado (1) y (3) |
Sin modificaciones |
No aplica |
Elaborar los trabajos de índole jurídico que se le encomienden y participar en los Consejos y Comités en los que se requiera su presencia. |
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Art. 4°, letra A, número 3 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014. |
Ver enlace | 24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
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Contraloría del EMCO (CONTE) |
Prestar asesoría técnica especializada en materias de auditoría y control interno al Jefe Superior del Organismo, bajo cuya dependencia directa se encontrará; | Resol. Ex. Interna EMCO Nº 6400/3465 de fecha 08.MAY.2007. |
Ver enlace y (3)
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Otorgar apoyo a la máxima autoridad del Estado Mayor Conjunto, mediante una estrategia preventiva, proponiendo como producto de su acción, políticas, planes, programas y medidas de control para el fortalecimiento de la gestión y para el salvaguardo de los recursos que han sido asignados. | 24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
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Evaluar en forma permanente el sistema de control interno institucional y efectuar las recomendaciones para su mejoramiento. | Art. 4°, letra A, número 4, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014. |
Ver enlace | 24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
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Evaluar el grado de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales del Estado Mayor Conjunto, entre otras. | |||||
Dirección de Personal y Logística Estratégica
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Asesorar al Jefe del Estado Mayor Conjunto en las materias propias de su área de competencia y es el órgano encargado de elaborar la planificación estratégica de personal y apoyo administrativo, logística y asuntos civiles y administración territorial, correspondiente a los planes estratégicos y coordinará con la base logística nacional y las bases logísticas institucionales, el apoyo logístico y administrativo necesario para el sostenimiento de las fuerzas asignadas a las operaciones nacionales. Será, además la encargada de la catalogación de la defensa y conducirá, cuando se active, el Centro Coordinador de Apoyo Logístico y Administrativo de la defensa del Estado Mayor Conjunto. | Art. 10 y 11, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Dirección de Inteligencia de Defensa (DID) |
Ser la encargada de asesorar y proveer de inteligencia al Jefe del Estado Mayor Conjunto, así como también a la Subsecretaría de Defensa y a los órganos de maniobra operacionales conjuntos para efectos de la planificación, conducción y preparación de las fuerzas. Provee además la información necesaria para el análisis de escenarios de las operaciones de paz en curso y/o futuros. Además, es la encargada de dirigir y administrar el Sistema de Inteligencia de Defensa. | Art. 12 y 13, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Dirección Operaciones y Conducción Conjunta
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Asesorar al Jefe del Estado Mayor Conjunto en la conducción estratégica para enfrentar las situaciones que puedan demandar los estados de excepción constitucional y, en particular, los casos de guerra externa o crisis internacional que afecte a la seguridad exterior de la República y aquellas operaciones o acciones que impliquen el empleo de las fuerzas en otras operaciones específicas y situaciones de emergencias, catástrofes, desastres naturales y ayuda humanitaria, sean de carácter nacional o internacional. Propone la capacitación del personal y los proyectos de desarrollo de capacidades en esta área, como también, en la elaboración de los informes que deben ser remitidos al Congreso Nacional. |
Art. 14, 15, 16 y 17 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Dirección de Planificación Conjunta (DIPLANCO) General de División Schafik Nazal Lázaro |
Elaborar y actualizar la Planificación Estratégica de la Defensa, y asegurar la correspondencia en materias de desarrollo y empleo de la fuerza, entre la Política de Defensa, la planificación institucional y operacional de los Comandos Conjuntos y otras fuerzas y órganos de maniobra que se determinen. Asimismo, es el órgano de asesoría y trabajo para la elaboración de la planificación y coordinación de actividades anuales del Estado Mayor Conjunto. Proponer textos de los informes al Congreso Nacional sobre las políticas y planes de la defensa nacional, en aquellas materias que sean de la competencia del EMCO. | Art. 18,19,20 y 21, de la Orden Ministerial N°3380 de 24.dic.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Dirección de Mando y Control Estratégico
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Órgano encargado de proveer, tripular y operar el sistema de mando y control estratégico y el Centro de Operaciones de Defensa (COD), a través de las cuales el Jefe del Estado Mayor Conjunto ejerce el mando operacional y la conducción de las fuerzas asignadas a las operaciones. | Art. 22, 23 y 24 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014. |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Asesorar al Jefe del Estado Mayor Conjunto en la elaboración de políticas, normas y procedimientos conjuntos relacionados con las áreas de tecnologías aplicadas a la inteligencia, comunicaciones, mando y control e informática, que permitan el ejercicio del mando a nivel estratégico, operacional o táctico. | (Art. 25, letras c), d) y h) de la Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del MDN) |
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Sin modificaciones | No aplica | |
Dirección de Educación, Doctrina y Entrenamiento Conjunto |
Órgano encargado de dirigir los procesos de educación necesarios para capacitar al personal en las materias inherentes a la acción conjunta de las Fuerzas Armadas y de formular, desarrollar y mantener actualizada la doctrina para la conducción, empleo conjunto y combinado de las fuerzas. |
Art. 25 y 26, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Dirección de Finanzas |
Ser el órgano encargado de los procesos de consolidación, formulación, contabilizacón y control de la ejecución de los fondos presupuestarios y otros recursos que sean asignado al Estado Mayor Conjunto y que administre el JEMCO, y asesorar en las materias de su competencia, función que además realiza a los diferentes niveles del mando. Mantener la representación financiera del EMCO ante organismos internacionales derivados de las Operaciones de Paz y otros. Asesorar al JEMCO, en las materias de su competencia. |
Art. 27 y 28, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Dirección de Apoyo General |
Órgano encargado de generar y proporcionar el apoyo administrativo, logístico al Estado Mayor Conjunto, desarrollando las acciones y tareas necesarias para su cumplimiento. Otorgar seguridad y protección a las instalaciones del Ministerio de Defensa Nacional y dependencias del Estado Mayor Conjunto, a través de la Compañía de Guardia del MDN. |
Art. 30 y 31, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Departamento de Asuntos Internacionales, Antárticos y Especiales (DAI) CN Rodrigo Graff Araneda |
Asesorar al JEMCO en la preparación, planificación, coordinación y administración de las actividades de cooperación internacional en Defensa, materias Antárticas y otros temas especiales que se dispongan o deban ser tratados por el Estado Mayor Conjunto, gestionando y/o ejecutando las acciones necesarias que se deriven. | Art. 32 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC. 2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Centro Conjunto para Operaciones de Paz |
Depende del Ministro de Defensa Nacional. Para ello se relaciona con el JEMCO, a través de la Dirección de Educación, Donctrina y Entrenamiento Conjunto. |
Art. 2°, DNI-506 Reglamento de Funcionamiento Interno del Centro Conjunto para Operaciones de Paz de Chile. |
Reservado (1) |
Sin modificaciones | No aplica |
Tiene como misión preparar y entrenar al personal de las FF.AA, de Orden y Seguridad Pública y civiles, nacionales y extranjeros, potenciando las diferentes capacidades y conocimientos de los ámbitos civil, militar y policial en forma integrada, ratificando así, la actual tendencia mundial hacia la interacción de estos estamentos sociales en el proceso de planificación, ejecución y evaluación de estas Operaciones de Paz. | Art. 48, 49 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
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Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Desminado |
La SECNAD está radicada en el Estado Mayor Conjunto y se relaciona con el JEMCO, a través del SUBJEMCO. Constituye la unidad de trabajo de la Comisión Nacional de Desminado, Comisión que es presidida por el Ministro de Defensa Nacional. La Secretaría Ejecutiva está encargada de planificar, coordinar, dirigir y controlar las actividades de desminado humanitario en todo el territorio nacional, como también proponer y gestionar los recursos inherentes a su funcionamiento, para el cumplimiento de los compromisos contraídos en la convención de Otawa. |
Art. 33, 34 y 35 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Establecer las relaciones de coordinación entre las instituciones de las Fuerzas Armadas y los organismos nacionales que tengan competencia en la preparación y ejecución de los programas relacionados con el Desminado Nacional. | Decreto MDN.SSG. Depto.III.Nº 22000/ 79 de 02.MAY. 2002 |
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Sin modificaciones | No aplica | |
Comando Conjunto Austral General de División Óscar Mezzano Escanilla
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Con asiento en la ciudad de Punta Arenas y su zona jurisdiccional corresponderá a la Región de Magallanes y Antártica Chilena, tiene la misión de preparar, planificar, instruir, entrenar y emplear las fuerzas asignadas, dentro del teatro de operaciones correspondiente, en conformidad a la planificación estratégica vigente. Contribuir al desarrollo de la doctrina conjunta y proponer los proyectos de desarrollo conjuntos de competencia. | Art. 36, 37 y 42 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC. 2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Comando Conjunto Norte General de División Juan Carlos Henríquez Barrera |
Con asiento en la ciudad de Iquique y su zona jurisdiccional corresponderá a las Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta, tiene la misión de preparar, planificar, instruir, entrenar y emplear las fuerzas asignadas, dentro del teatro de operaciones correspondiente, en conformidad a la planificación estratégica vigente. Contribuir al desarrollo de la doctrina conjunta y proponer los proyectos de desarrollo conjuntos de competencia. | Art. 36, 37 y 41 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC. 2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Fuerzas Asignadas a Operaciones de PAZ |
Las fuerzas de paz y aquellas fuerzas asignadas para la ejecución de operaciones internacionales de cooperación, podrán conformarse y establecerse de variadas formas y por diferentes períodos, de mantener transitoria o permanente, en conformidad de las demandas internacionales y de acuerdo al interés, capacidades y resolución política nacional. Las tropas y medios nacionales que participen en misiones de paz estarán bajo el mando del JEMCO en su calidad de Autoridad Militar Nacional. |
Art. 43,44 y 45 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC. 2014 |
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Sin modificaciones | No aplica |
Fuerzas Asignadas a otras Operaciones |
En conformidad a las necesidades nacionales para efectos de crisis internacional, guerra externa, operaciones internacionales y en situaciones de emergencia, catástrofes o desastres naturales, de carácter nacional o internacional, se podrán conformar diversos tipos de fuerza y órganos de maniobra, de variada magnitud, naturaleza o composición, los que podrán ser de características conjuntas, no conjuntas o mixtas. Mientras dure su activación, su mando será ejercido por el Jefe del Estado Mayor Conjunto. | Art. 46 y 47 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC. 2014 |
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Sin modificaciones | No aplica |
Ayudantía Militar Comandante de Escuadrilla (DA) Rodrigo Durán García
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Asistir ejecutivamente al JEMCO en sus funciones, mediante labores de ayudantía y secretaría; dirigiendo y coordinando el grupo personal; facilitando el oportuno y correcto flujo de documentación; asegurando el funcionamiento del despacho; coordinando, en función de la agenda, las entrevistas y contactos; y sosteniendo el apoyo administrativo y logístico necesario para que la autoridad pueda cumplir sus funciones actividades en forma eficiente y oportuna. | Art. 4°, letra A, número 2 de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014. |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Secretaría de Coordinación (SECOORD) Capitán de Navío (PAC) |
Asume función de asesoria y apoyo en la coordinación, seguimiento de los trabajos, reuniones, plazos, documentos y tareas que el SUBJEMCO disponga a las distintas direcciones del Estado Mayor Operacional o Especial, asesorando al SUBJEMCO en la gestión integral del Cuartel General del Estado Mayor Conjunto. | Art. 4°, letra b, número 3, de la Orden Ministerial Nº 3380 de 24.DIC.2014. |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |
Departamento de Estudios Especiales Vicealmirante (PH) Óscar Millar Drago |
Efectuar los estudios, análisis y entregar asesoria especial en temas de interes del JEMCO y SUBJEMCO. | Art. 4°, letra B, número 4 de la Orden Ministerial N° 3380, 24 diciembre de 2014 |
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24-12-2014 | Ver enlace Deroga OM N° 130 de 29.DIC.2011 |