ANTÁRTICA CHILENA

A contar de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.255, la cual establece el “Estatuto Chileno Antártico”, el Estado Mayor Conjunto (EMCO) ha asumido la tarea de realizar la “coordinación operativa y logística” de las instituciones de la Defensa, en su calidad de operadores antárticos. Sin embargo, existen tareas y responsabilidades que se ejecutan desde previo a la publicación de la ley y mantendrán su cumplimiento.

La tarea principal la realiza el Departamento Antártico Conjunto, dependiente de la Dirección de Operaciones Conjunta (DOPCON), la cual es: “Asumir la coordinación operativa y logística de la Gestión Antártica de Defensa, lo que conlleva, elaborar la directiva respectiva, para generar la coordinación de todas las actividades antárticas realizadas por las instituciones en la campaña antártica anual, así como la Directiva de la Operación Científica Conjunta Glaciar Unión.

Asimismo, este Departamento realiza la labor de asesorar al JEMCO, por intermedio del DOPCON, participando en el Consejo de Política Antártica y en reuniones antárticas nacionales e internacionales relacionadas con el Tratado Antártico. Es el encargado de proyectar el Presupuesto Antártico anual de las instituciones de la Defensa, para su incorporación al Presupuesto Ministerial; Participar en el proceso de actualización del Plan Estratégico Antártico y en la elaboración de la Visión Estratégica Antártica de Chile; Elaborar la “Memoria de Actividades Antárticas” de los Operadores Antárticos de Defensa correspondiente al período Abril (año anterior) – Marzo (año en curso); Participar como inspector de Bases Antárticas nacionales o extranjeras; Materializar la Campaña Polar Glaciar Unión; y ejecutar el Curso conjunto para dotaciones de bases antárticas nacionales.